Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior - Resolución General Nº 3.417/2012
Síntesis: Se incorpora a la “Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior” la información correspondiente a los pagos que los sujetos residentes en el país realicen al exterior, por las operaciones indicadas en el Apartado A) del Anexo de la presente Resolución General, considerándose sujetos residentes en el país aquellos que revistan tal condición conforme a las normas del Impuesto a las Ganancias. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución General Nº 3.252.
Descargar documentos
Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior - Resolución General Nº 3.417/2012
Descargar