21/07/2011

TRIGO PAN DE BAJA PROTEÍNA CUPO DE EXPORTACIÓN RESOLUCIÓN 610/2011 -Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca-

Se dispone que a los efectos del cupo de exportación establecido en el Artículo 2º de la Resolución Nº 62/2011, se debe entender por Trigo Pan de Baja Proteína al Trigo Pan que presente un máximo de 10,5% de contenido proteico base 13,5% de humedad y satisfaga los requisitos previstos en la Norma de Calidad para la Comercialización de Trigo Pan según Resolución Nº 1.262/ 2004. En caso de detectarse embarques excedidos en el contenido proteico del 10,5%, base 13,5% de humedad, la operatoria de exportación será considerada a los efectos fiscales y arancelarios como de Trigo Pan.

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  • 749-Am-BO-Res610-11-ComercioExt-21-07-11.pdf Descargar