07/06/2010

TRANSPORTE DE GRANOS RÉGIMEN DE INFORMACIÓN PARA PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE FORMULARIOS DE CARTA DE PORTE ANULADOS, EXTRAVIADOS Y/O VENCIDOS NO INFORMADOS RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.845/2010 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establece un régimen de información de formularios impresos de Carta de Porte anulados, extraviados y/o vencidos, de acuerdo con las formas, plazos y condiciones que se disponen en la presente. Los sujetos obligados son los siguientes: a) Los productores de granos inscriptos, como tales, ante la AFIP. b) Los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes e incluidos en el Padrón de Productores de Granos Monotributistas, que prevé la Resolución General Nº 2.504 y su modificatoria. Los mencionados responsables deberán cumplir con el régimen informativo mediante la utilización del servicio "PRODUCTORES CARTAS DE PORTE NO INFORMADAS" que se encuentra habilitado en el sitio "web" institucional (www.afip.gob.ar), utilizando la respectiva clave fiscal, obtenida de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General Nº 2.239, su modificatoria y sus complementarias; el mismo permitirá al productor titular de la Carta de Porte tomar conocimiento de aquellos formularios que no han sido debidamente informados ante la AFIP. Los responsables que no cumplan con el régimen informativo serán pasibles de las sanciones previstas por la Ley Nº 11.683. Las disposiciones de esta Resolución General entrarán en vigencia partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive (08/06/2010).

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  • 691-Am-BO-ResGral2845-TranspdeGranos-07-06-10.pdf Descargar