05/04/2010

TRANSPORTE DE GRANOS CÓDIGO DE TRAZABILIDAD "CTG" RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.806/2010 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se dispone que a los fines de obtener y confirmar el Código de Trazabilidad de Granos "CTG" previsto en el Título II de la norma conjunta Resolución General Nº 2.595 (AFIP), Nº 3.253/09 (ONCCA) y Disposición Nº 6/09 (SSTA), su modificatoria y complementarias, los sujetos indicados en su Artículo 28 así como los responsables del destino de los granos, podrán utilizar el procedimiento de intercambio de información del servicio "web", cuyas especificaciones técnicas se encuentran consignadas en el sitio (http:// www.afip.gob.ar). En el caso de inoperatividad de los sistemas de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los procedimientos que no pudieran ser efectuados deberán realizarse dentro de las 24 horas contadas a partir del momento del restablecimiento de los mismos. Las disposiciones de la presente Resolución General entrarán en vigencia a partir del día de la fecha.

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  • 682-Am-BO-ResGral2806-TransporteGranos-05-04-10.pdf Descargar