TRANSPORTE DE CEREALES
REGLAMENTACIÓN DEL CAPÍTULO II DE LA LEY PROVINCIAL DE TRANSPORTE Nº 8.669
DECRETO Nº 560/2011
Se aprueba la reglamentación el Capítulo II de la Ley Provincial de Transporte N° 8.669, en lo relativo al transporte automotor de cargas de cereales, oleaginosas, forrajeras y productos derivados primarios, dentro de la jurisdicción Provincial.