TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS
PROCEDIMIENTO PARA LA REGISTRACIÓN DE LA CABINA DORMITORIO
DISPOSICIÓN Nº 286/2010
-Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios-
Mediante la presente Disposición se aprueba el procedimiento para la registración de la cabina dormitorio establecida por la Resolución Nº 923/08 de la Secretaría de Transporte.
Recordamos que por medio la Resolución Nº 923/08 se fijó a partir del 1º de Enero del año 2010 la obligatoriedad de la adopción de la cabina dormitorio en aquellos vehículos afectados al transporte automotor de cargas, y mediante la Resolución Nº 356/09 se prorrogó la entrada en vigencia de la obligación mencionada hasta el 1º de Enero de 2011, con excepción de los vehículos cero kilómetro inscriptos inicialmente con posterioridad al 8 de Enero de 2010.