Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria - Resolución Nº 450/2013
Síntesis: El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación por medio de la presente Resolución procede a modificar la Resolución Nº 302/2012 a través de la cual se estableció el “Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria”. Entre las principales modificaciones destacamos que se unifica el procedimiento para realizar la reinscripción y baja en el mencionado Registro, aprobando un nuevo formulario y estableciendo los requisitos para cada rubro en particular, (granos, carnes, lácteos, perito clasificador de cereales, oleaginosas y legumbres); además se unifican los números de operadores otorgados por los sistemas informáticos Sistema Integral ONCCA (SIO) y Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA). A partir de la entrada en vigencia de la presente medida, todas las solicitudes de reinscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria tramitarán conforme el procedimiento establecido en la presente Resolución, y demás requisitos establecidos en la Resolución Nº 302/12. Por último, subrayamos que la presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 30 de Mayo de 2013. Efectos Sobre el Acopio: Muy Importante. Normas Relacionadas: Resolución Nº 302/2012.
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Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria - Resolución Nº 450/2013
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