04/04/2013

Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria - Resolución Nº 142/2013

Síntesis: Mediante la Resolución Nº 302/2012 se determinaron los requisitos y demás formalidades que deben cumplir las personas físicas y/o jurídicas para la inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria, y por medio de la Resolución Nº 667/12 se aprobó el modelo de Certificado de Inscripción en el citado Registro, y se dispuso su suscripción por funcionario de rango no inferior al cargo de Director. Ahora a través de la presente Resolución se dispone que el referido Certificado de Inscripción sea suscripto por el señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Resoluciones Nº 302/2012 y Nº 667/2012.

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