Régimen para la producción de semillas genéticamente modificadas que contengan eventos regulados - Resolución Nº 677/2012
Síntesis: Por medio de la presente Resolución la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca establece que serán admisibles los instrumentos jurídicos suscriptos con anterioridad al día 17 de Octubre de 2011, en los que no conste la consignación de datos que exige el punto 3.1.3.2. Inc. b) del Anexo I de la Resolución Nº 661/2011; debiendo los solicitantes en tales supuestos acompañar a los instrumentos presentados una Declaración Jurada expresando los metros cuadrados o hectáreas, según corresponda, y las áreas máximas propuestas que se destinarán a la producción en cada establecimiento. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución Nº 661/2011.
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Resolución Nº 677/2012 - Régimen para la producción de semillas genéticamente modificadas
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