13/10/2011

Productos alimenticios libres de gluten - Resolución Conjunta Nº 201/2011 y Nº 649/2011

Síntesis: Se dispone que los productos alimenticios libres de gluten que se comercialicen en el país deben llevar obligatoriamente impreso en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, un símbolo consistente en un círculo con una barra cruzada sobre tres espigas y la leyenda "Sin T.A.C.C.", de conformidad a la presente norma conjunta.
Efectos sobre el acopio: De interés general.
Normas relacionadas: Ley 26.588, Art. 1.383 del Código Alimentario Argentino.

Descargar documentos

  • Productos alimenticios libres de gluten - Resolución Conjunta Nº 201/2011 y Nº 649/2011 Descargar