POLÍTICA AMBIENTAL
PUNTAJE DE NIVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE ACTIVIDADES RIESGOSAS
RESOLUCIÓN Nº 481/2011
-Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable-
Se establece como criterio de inclusión, la obtención de un puntaje de Nivel de Complejidad Ambiental igual o superior a 14,5 puntos para los establecimientos de actividades riesgosas que deben cumplir con la obligación establecida en el artículo 22 de la Ley Nº 25.675.