06/05/2011

POLÍTICA AMBIENTAL PUNTAJE DE NIVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE ACTIVIDADES RIESGOSAS RESOLUCIÓN Nº 481/2011 -Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable-

Se establece como criterio de inclusión, la obtención de un puntaje de Nivel de Complejidad Ambiental igual o superior a 14,5 puntos para los establecimientos de actividades riesgosas que deben cumplir con la obligación establecida en el artículo 22 de la Ley Nº 25.675.

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  • 738-Am-BO-Res481-NivelComplejidadAmbiental-06-05-11.pdf Descargar