ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
REGISTROS PÚBLICOS DE COMERCIO Y ORGANISMOS REPRESENTATIVOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE PERSONAS JURÍDICAS
RESOLUCIÓN Nº 29/2011
-Unidad de Información Financiera-
Se establecen las medidas y procedimientos que los Registros Públicos de Comercio y los Organismos Representativos de Fiscalización y Control de las Personas Jurídicas deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que puedan prevenir o estar vinculados a la comisión de los delitos de lavados de activos y financiación del terrorismo.