ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS
RESOLUCIÓN Nº 37/2011
-Unidad de Información Financiera-
Se establecen las medidas y procedimientos que las entidades financieras y cambiarias deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.