COMERCIO DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
PAGO DE COMPENSACIONES A MOLINOS
RESOLUCIONES Nº 5.597/10
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispone, con carácter de excepción, un plazo especial para la presentación de la declaración jurada informativa correspondiente al primer y segundo cuatrimestre de 2010, según lo establecido por la Resolución General Nº 2.888, considerándose cumplidas en término dichas obligaciones siempre que se efectúen hasta el día 24 de Diciembre de 2010.