Comercialización de Trigo - Normas sobre la comercialización - Resolución Nº 67/2013
Síntesis: Se establece que los distintos sectores intervinientes en los procesos productivos de trigo pan, condición estándar y harina para panificación derivada del mismo que detenten tenencia física de dicho producto, deberán ejecutar las acciones comerciales tendientes a proveer adecuadamente al mercado interno, a partir del día de publicación de la presente Resolución. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Nº 20.680.
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