Síntesis: Se ratifica el “Acuerdo para la Compensación de Diferencias – Precio de Biodiesel” suscripto en fecha 11 de Diciembre de 2012 entre la Secretaría de Energía y las distintas empresas encargadas de realizar las mezclas de Gasoil con Biodiesel para el mercado interno, cuyos términos tendrán vigencia para las operaciones llevadas a cabo a partir de la segunda quincena del mes de Noviembre de 2012. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Nº 26.093.