Bandas tarifarias para la prestación de los servicios ferroviarios de cargas - Res. Nº 35/2013
Síntesis: Se dispone que la Secretaría de Transporte determinará las bandas tarifarias aplicables a la prestación de los servicios ferroviarios de cargas, teniendo en cuenta los costos específicos del sector y del resto de los modos de transporte, las condiciones de competitividad regional y de la producción en particular de los diferentes productos, sobre la base de principios de equidad e igualdad de acceso. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Nº 26.352, Decretos Nº 874/2012, Nº 438/92.